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Civil

Medidas provisionales

Cuando la situación de la pareja o el matrimonio es insostenible se puede iniciar un procedimiento de medidas provisionales (por ejemplo, residen en la misma vivienda y la convivencia es muy complicada).

El objetivo de este procedimiento es regular, de una forma más rápida, las relaciones familiares: por ejemplo, quién reside en la vivienda, qué tipo de custodia se lleva a cabo o qué pensión de alimentos se paga hasta que haya una Sentencia. Es decir, este procedimiento sirve para asuntos urgentes que necesitan una resolución judicial de forma más rápida.
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La solicitud de medidas provisionales se puede llevar a cabo de dos formas: con anterioridad a la demanda principal de divorcio o separación y/o custodia (demanda de medidas provisionales previas) o en la misma demanda de forma conjunta (demanda de medidas provisionales coetáneas). La elección de iniciar el procedimiento de una forma u otra se estudia en función de varios parámetros por estrategia del abogado.
El procedimiento se inicia a partir de una demanda (de una parte contra la otra) y habrá una Vista (similar a un Juicio) en el que el abogado de la parte demandada deberá contestar de forma oral y las partes discutirán sus propuestas. Finalmente, el Juez dictará una resolución en forma de Auto que será válido hasta que haya una Sentencia definitiva de divorcio o separación y/o custodia.
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