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Civil

Juicios rápidos

Como en cualquier procedimiento penal, es decisivo que la persona inmersa en el procedimiento, ya sea víctima, perjudicado o investigado/a, se asesore antes de realizar cualquier declaración o actuación.
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¿Qué es un juicio rápido?

Si se recibe una citación para un juicio rápido, implica que se está en un proceso penal teóricamente más ágil y rápido que un proceso penal normal, en el que la fase inicial de investigación del delito por el Juez se acortará en determinadas circunstancias.

No todos los delitos pueden tramitarse por juicio rápido; por ejemplo, se puede aplicar a los delitos contra la seguridad vial (alcoholemia, conducción sin permiso por no haberlo tenido nunca, conducción sin permiso por pérdida de puntos, etcétera), de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, cometidos contra determinadas personas a las que se refiere el Código Penal, etcétera.
Además, el juicio rápido exige otros requisitos: un atestado policial sobre los hechos, que el delito sea flagrante (es decir, que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto) y que la pena para el delito no exceda de 5 años de privación de libertad u otro tipo de pena que no supere los 10 años.
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