Tengo una enfermedad grave y trabajo solo
25/10/2016Juan desarrolla su jornada laboral los fines de semana, y normalmente trabaja solo, sin que exista ningún otro compañero en las oficinas. Juan padece epilepsia y teme que le de algún tipo de ataque mientras está solo. ¿Qué opciones tiene su empresa?
No existe una prohibición legal general que impida a Juan trabajar solo pese a su enfermedad-que podría ser cualquier otra que le pudiese colocar en una situación de especial vulnerabilidad-.
Padecer epilepsia no es un dato que por sí mismo incapacite o limite a Juan para su trabajo. Existen diversos tipos de epilepsia, que pueden desembocar en crisis convulsivas, crisis con pérdida de conciencia, etc., pero también pueden haberse producido crisis en el pasado que no se han repetido, y existir un tratamiento adecuado. Obviamente, este no es un blog médico y se comenta lo anterior a fin de incidir en que cada caso es diferente.
Por lo tanto, y de forma muy esquemática estas serían las opciones de la empresa:
Hay que tener en cuenta que, si Juan sufriese un accidente, se requerirá a la empresa para que informe sobre las acciones que adoptó en cuanto tuvo conocimiento de las circunstancias de su trabajador. En ese sentido, el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a la empresa a adaptar el puesto de trabajo a las circunstancias del trabajador, el artículo 17 obliga a revisar la evaluación de riesgos cuando sea necesario, y el artículo 25 señala que debe tenerse en cuenta a los trabajadores especialmente sensibles por sus características personales, estado biológico conocido, etc.
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